Obligatoriedad de traducir los manuales de instrucciones a las lenguas cooficiales en España: catalán, valenciano, gallego, vascuence y aranés

Conforme a la normativa europea (Directiva de máquinas) y su trasposición a la legislación española (Real Decreto 1644/2008), la comercialización de máquinas en la Unión Europea requiere que el manual de instrucciones esté traducido al idioma oficial del país correspondiente. A estos efectos, son «idiomas oficiales» las lenguas oficiales de la Unión Europea. En el caso de España, la lengua oficial es el español o castellano.

Por tanto, en principio no es obligatorio traducir los manuales de instrucciones a las demás lenguas cooficiales de España.

Por otra parte, las comunidades autónomas podrían aprobar en cualquier momento reglamentación específica para establecer dicha obligatoriedad. De hecho, hay sectores en Cataluña que apoyan la obligatoriedad de etiquetar en catalán, pero a día de hoy parece muy improbable que se apruebe a corto plazo el requisito de traducir los manuales de instrucciones a las lenguas cooficiales por la barrera a las importaciones que supondría.