Prestación por
paternidad para autónomos.
¿Eres autónomo y tu mujer va a tener un hijo? Aprovecha la
prestación de paternidad ofrecida por la Seguridad Social.
La página web de la Seguridad Social ofrece mucha
información actualizada. Sin embargo, en ocasiones resulta difícil de entender,
te recomiendo que leas este resumen que he redactado basado en mi propia
experiencia, y posteriormente consultes la página
oficial.
Los autónomos, al igual que todos los trabajadores que
cotizan a la seguridad social, tienen derecho a un descanso por paternidad
remunerado. La prestación ofrecida por la seguridad social es la misma para
todos los trabajadores (ya sean autónomos o no) y consiste en el pago del 100%
de la base de cotización durante el descanso durante un plazo típico de 28 días, lo que para los autónomos equivale a un importe mínimo de 833,56 €.
Importe
- Subsidio del 100% de la base reguladora correspondiente
(la base de cotización) durante 20 días naturales ininterrumpidos. Es decir, si
un trabajador autónomo cotiza por la base mínima (954,55 € mensuales en 2017),
recibirá 833,56 €.
- Este pago contabiliza para el impuesto de la
renta para personas físicas y puede estar sujeto a retención.
- Se puede recibir en una cuenta bancaria o pasar
a recogerlo a la oficina de la Seguridad Social.
- ¿Cuándo recibiré el dinero? Yo lo recibí en 8
días en mi cuenta bancaria desde que presenté la solicitud.
Duración
28 días naturales ininterrumpidos (más para
ciertos casos, ver apartado siguiente).
Algún miembro de la familia tiene discapacidad, hospitalización prolongada tras el parto
Condiciones
- Estar dado de alta en la Seguridad Social (y
haber cotizado un mínimo 180 días en los últimos 8 años).
- Interrumpir la actividad durante el descanso.
- Presentar la solicitud correspondiente.
Plazo para disfrutar
del descanso
- Desde el nacimiento hasta que finaliza el
periodo correspondiente al descanso por maternidad, o justo después de dicho
descanso.
Descanso a tiempo
parcial
- Es posible disfrutar del descanso por paternidad
a tiempo parcial; es decir, si solo quieres reducir parcialmente la actividad
durante esos 28 días. Yo no lo recomiendo, ya que el subsidio se reduce de
forma proporcional al porcentaje de inactividad. Aprovecha la prestación y
tómate un descanso de verdad, lo necesitarás para cuidar de tu mujer y tu hijo.
Instrucciones para la
solicitud de la prestación
o
Documento
de solicitud de Prestación Maternidad-Paternidad, firmado por ambos padres.
o
Libro de
familia con el nuevo hijo inscrito o certificado literal de nacimiento (el
certificado literal de nacimiento tiene la misma validez que el libro de
familia y están obligados a aceptarlo).
o
DNI o Pasaporte (y NIE en caso de que el
solicitante sea extranjero).
o Será necesaria documentación adicional en caso
de adopción, discapacidad de un miembro de la familia o si la madre cede parte de descanso al padre.
o Para justificar el matrimonio: libro de familia o certificado literal de matrimonio. No es necesario.
o Justificantes del pago de cotizaciones de los
últimos 2 meses. A mí no me lo pidieron.
o
Declaración
de situación de la actividad. A mí me dijeron que no era necesario.
o
Certificado de la empresa informando de la
situación del trabajador. No es necesario.
Otros
- Recomiendo hacer el trámite por Internet. También lleva su tiempo, y hay que introducir muchos datos, pero a mí me resultó cómodo. Necesitas haberte registrado como usuario en la página web de la Seguridad Social o disponer del certificado digital. Más información aquí.
- Te recomiendo que comiences el papeleo antes del
parto.
- Si lo indicas en la solicitud, te informarán con
un SMS de si tu solicitud ha sido aceptada. A mí me avisaron a las 24 horas.
Pasados 8 días me enviaron una carta.
- Página oficial de la Seguridad Social: más
información.
© 2017 Alejandro Moreno Ramos, www.ingenierotraductor.com